Oposición Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado 2025: Modificación de destino (ingreso libre)

El BOE del 11/12/2025 modifica un destino en la oposición Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. ¿Qué implica para oposiciones en España? Somos FennHero, la aplicación con la que vas a conseguir tu plaza y aquí te contamos detalles, evitando errores comunes. 🧑💻
Contexto del Nombramiento Original y Modificación de Destino
La Secretaría de Estado de Función Pública, mediante Resolución de 4 de diciembre de 2025, ha modificado una designación importante. Esta resolución ajusta lo publicado el 3 de julio de 2024, que nombraba personal funcionario de carrera en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado. 🗓️
El proceso selectivo para este ingreso libre fue convocado el 20 de enero de 2023. Además, la aspirante María Freire Sarandeses superó este proceso por el turno de reserva para personas con discapacidad, tal como se publicó el 13 de marzo de 2024. Su situación personal fue clave en el desarrollo posterior. ♿
Originalmente, la aspirante presentó una solicitud de alteración en el orden de prelación para la elección de plazas. Esta petición se basaba en motivos de dependencia personal y dificultades de desplazamiento, acogiéndose a lo previsto en la oferta de plazas publicada el 6 de junio de 2024. Sin embargo, su nombramiento inicial no reflejó esta solicitud. 📍
En la primera resolución de nombramiento, el 3 de julio de 2024 (publicada el 9 de julio de 2024), se le asignó un puesto. Este destino era como Jefa de Negociado en la Dirección General del Catastro, adscrita al Ministerio de Hacienda, en la localidad de Madrid. Es decir, su solicitud no fue atendida inicialmente. 🏢
💡 Las solicitudes de alteración de destino por motivos de dependencia o discapacidad son un derecho reconocido. ¡Conoce siempre la normativa aplicable a tu situación! ⚡
Detalles del Recurso de María Freire Sarandeses y su Fundamento Legal
Doña María Freire Sarandeses interpuso un recurso de reposición el 28 de julio de 2024. Su inconformidad radicaba en que su petición de alteración de orden de prelación no fue considerada en el nombramiento inicial. Alegó poseer movilidad reducida, certificada oficialmente. 📝
El recurso mencionaba específicamente un certificado del 25% de movilidad reducida. Este documento fue emitido por el Equipo de Valoración de la Xunta de Galicia, junto con informes médicos complementarios. Por lo tanto, solicitaba una plaza en A Coruña, argumentando que cumplía los requisitos legales. 📄
La base legal de su reclamación se encontraba en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004. Esta normativa establece los criterios para la provisión de puestos de trabajo y la movilidad para funcionarios con discapacidad. En consecuencia, el recurso buscaba hacer valer sus derechos específicos. ⚖️
Finalmente, la Secretaría de Estado de Función Pública estimó su recurso el 5 de mayo de 2025. Esta resolución reconoció su derecho a la alteración del orden de prelación en la elección de destinos. Así pues, se le concedió el derecho a que se le adjudicara un puesto en la localidad de A Coruña. ✅
Nuevo Puesto de Trabajo, Plazos y Efectos del Nombramiento Retrotraído
Tras la estimación del recurso, se solicitó un puesto con características idénticas al que le hubiera correspondido originalmente. El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones puso a disposición el puesto de trabajo con código número 5884105. Este se ubica en la Tesorería General de la Seguridad Social, en la Dirección Provincial de A Coruña. 🏘️
El nuevo puesto asignado a doña María Freire Sarandeses es de Gestor/Gestora Administrativo/a. Tiene un nivel C.D. 16 y un complemento específico de 5.012,84 €. La localidad de destino es, efectivamente, A Coruña, atendiendo a su solicitud de movilidad. 💼
Para adquirir la condición de personal funcionario de carrera, deberá prestar acatamiento de la Constitución. Asimismo, deberá tomar posesión de su destino en un plazo de quince días naturales. Este plazo empieza a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución en el BOE, el 11 de diciembre de 2025. Si implica cambio de localidad, el plazo será de un mes, según el artículo 62.1.c) del EBEP. 📜
La resolución también establece que los efectos económicos y administrativos de su nombramiento se retrotraen. Esto significa que se consideran vigentes desde el 9 de julio de 2024, fecha de publicación de la Resolución de 3 de julio de 2024. La fecha de toma de posesión también se retrotrae al 10 de julio de 2024, el primer día hábil tras la publicación original. 💸
💡 Esta retroactividad de efectos es fundamental para garantizar los derechos del funcionario desde la fecha en que debería haber sido nombrado correctamente. ¡No dejes de revisar los detalles! ⏰
¿Qué Implicaciones Tiene esta Resolución para Futuras Oposiciones?
Esta resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública establece un precedente significativo para la oposición Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado y otras convocatorias. Demuestra la importancia de los recursos administrativos bien fundamentados. Los opositores deben conocer sus derechos, especialmente aquellos con circunstancias especiales. 👨⚖️
Además, subraya que la administración debe considerar las situaciones personales debidamente justificadas. Es vital presentar toda la documentación requerida para apoyar cualquier petición de adaptación de destino. Esto puede influir en futuras plazas de la administración pública y sus procesos de adjudicación. 📚
Para opositores como tú, prepararte para opositar implica no solo estudiar, sino también conocer el marco legal. Saber cuándo y cómo interponer un recurso administrativo es una herramienta valiosa. La información publicada en el BOE es la fuente más fiable para mantenerse al día sobre todos estos procesos. 🧐
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